En cuanto
a la obligatoriedad de realizar el diagnóstico, se establece
que SOLO LAS EMPRESAS CON UNA CANTIDAD SUPERIOR A LOS CIEN TRABAJADORES,
tiene que contar con este documento, y con el PROGRAMA DE SEGURIDAD
E HIGIENE y tiene la obligación de ENTREGAR A LOS TRABAJADORES
UNA COPIA DE ESTE PROGRAMA. Durante las visitas de inspección
esto es lo que le solicitará el inspector que le visite.
En cambio
si en su empresa HAY MENOS DE CIEN TRABAJADORES, solo deberá
desarrollar una RELACIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE,
que es un documento menos complicado que el anterior, pero igualmente
importante, ya que resume toda la inseguridad que exista en la empresa.
Si en
una empresa se desarrolla e implementa cualquiera de los dos sistemas,
ello automáticamente reducirá los riesgos en el centro
de trabajo y por consiguiente los accidentes de trabajo.
Como
se habrá percatado, es bastante sencillo evitarse problemas
tanto con los trabajadores, como con las autoridades administrativas,
tanto locales como federales. Pero, es decisión de cada empresario
el optar por continuar como hasta ahora o realizar el verdadero cambio
y de fondo en algo tan básico como necesario.
Para
apoyarlo, nuestra empresa HA DESARROLLADO UNA SERIE DE METODOLOGÍAS
Y DIAGNÓSTICOS PROPIOS PARA EVALUAR DE MANERA EFICAZ E IMPARCIAL
A SU ESTABLECIMIENTO, así también tenemos cursos
para establecer e implementar el sistema de diagnóstico y programas
en la empresa. Nuestros consultores se actualizan día con día
para dar un mejor servicio a usted y a su empresa. Contáctenos
para que el cambio comience en su empresa y evitar toda una serie
de problemas.
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