1.-
Registros de los valores de resistencia de la red de puesta a tierra,
y la continuidad en los puntos de conexion a tierra en el equipo que
pueda generar o almacenar electricidad estatica utilizando la metodologia
del capitulo 9 de la Norma, al menos cada doce meses o cuando se modifique
las condiciones del sistema de puesta tierra y/o el sistema de pararrayos.

2.- Documento que acredite que proporciona capacitacion y adiestramiento
a los trabajadores que esten en riesgo de exposicion con elementos
susceptibles de ser cargados electrostaticamente o de acumular electricidad
estatica.

3.- Documento que acredite que se informa a todos los trabajadores
y la Comision de Seguridad e Higiene sobre los riesgos que representa
el contacto con la electricidad estatica y la manera de evitarlos.

4.- Registro de los valores de resistencia de la red de puesta a tierra
al menos cada doce meses o cuando en el inmueble se realizan modificaciones
que afectan las condiciones de operacion del sistema de puesta a tierra
o del sistema de pararrayos.

5.- Registro de la humedad relativa al menos cada doce meses en aquellos
casos donde no representa un riesgo, pero es un factor de acumulacion
de electricidad estatica.